En
múltiples ocasiones, los casos que son de interés de algún sector poblacional,
necesita de cierta información para el mundo que les rodea y ¡Entonces! se hace
necesario un intercambio de opiniones o en ocasiones una entrevista personal
para llegar al conocimiento de las cosas o de las situaciones imperantes; Tal es el caso que en la masonería en la Cuba
actual se conoce como el caso. “Alcides Pina o viceversa Pina Alcides” y
habiendo sido espoleado por muchos hermanos de los que llamamos “masones de
butaca o masones del quinto piso” hube de contactar con ambos hermanos
solicitándoles una entrevista a la cual accedieron ambos y una vez realizada la
someto a vuestra consideración.
Con
la finalidad de hacerla más comprensible las Preguntas: serán marcadas con una
P: y en letras simples, mientras que las respuestas lo serán con una R: y en
negritas.
Llegamos
a la casa del VH: Braulio que nos facilitó la oficina de vivienda y el
transporte para mi traslado, habiendo trasladado anteriormente a los
entrevistados, por lo que no debo comenzar sin agradecer este gesto de una
profunda hermandad y fraternidad al hermano, así como de las atenciones de la esposa durante nuestra estancia.
P:
Mis queridos hermanos Alcides Herrera Jiménez y Ernesto Tomás Pina Alonso,
desde el año 2007
Ustedes son objeto de conversaciones entre
los masones de butacas y de pasillos, con la expulsión de la masonería, mucho
se ha comentados desde los dos juicios en los que tuvo una gran audiencia de
VV.HH y que una gran cantidad considera como un acto de injusticia, que pueden
decirme al respecto.
R:
(Alcides) Si fue una injusticia y un juicio preparada la expulsión desde el
momento de que yo estando en la gradería de la sesión Osmundo a gritos me
declaró expulsado y diciendo a mí que estaba allá arriba, ya de ahí todos los
de hijos de colombo que estábamos allá arriba sabían lo que venía con o sin la
ley…
R:
(Pina) De verdad que en los años entre Ajefista y masón suman casi 50 y de
ellos siempre trabajando, con todas las logias de Cuba y del exterior, tan es así,
que he sido miembro de Honor de 108 Logias de esta jurisdicción, sin haber sido
Gran Maestro ni Gran secretario, como han hecho a otros VV.HH. descontando a la única Logia que adoptó el acuerdo de retirar el
nombramiento, sin estar vivos ninguno de los que acordaron mi nombramiento y lo
fue la Logia Dos Ríos, Pero en todos estos años vividos, Nunca se realizó en la
masonería en cuba, un caso semejante a el nuestro, acto tan Vándalo como lo es
muy posible, poder compararle solamente con el de William Morgan, pues fuimos
juzgados en medio de una farsa Judicial, donde se nos achacó un delito él “Que nunca cometimos” donde se nos aplicó
artículos de la Ley Penal, que de ningún modo correspondían al (presunto delito que en la
farsa dijeron haber probado) como lo es
el artículo 1 de la ley Penal por traición, cosa que ni siquiera cometió la
Logia que fue quien adoptó el acuerdo; y que dicho sea de paso; él acuerdo fue
totalmente legal y justificado como lo
señala la Constitución masónica; é igualmente fue injusta las sanciones de dos
años de suspensión de derechos masónicos, a los hermanos de Hijos de Colombo,
Como también fue una farsa las sanciones contra el VH René Serrano abogado de
profesión civil y otra farsa Judicial, como la han continuado realizando contra
VV.HH. de la Logia Oriente, De la Logia José Martí de Palma Soriano, Unión y
Confianza de Jovellanos, Bayamo de Bayamo, donde los Magistrados actuantes
despreciando la Ley y la Justicia y se han plegados a las órdenes de Osmundo
Cabrera; de José Ramón Gonzalez y hasta del Actual Gran Maestro, Cosas estas
muy ajenas a la postura de un masón, que tiene que ser Libre de Pensamiento y
acción, Justo Benevolente y Tolerante, Amante de la libertad y la Justicia,
capaz de defenderla hasta con su sangre, si ello fuera necesario, finalmente un
fuerte practicante de la igualdad de todos los seres vivientes, amante de la
fraternidad y de la caridad y mi querido hermano todos estos actos cometidos
contra nosotros fue por exigir el cumplimiento de la ley contra la imposición
del decreto 211 del 28 de mayo del 2007- por parte de Osmundo Cabrera en
función de Gran Maestro, en el que ilegalmente, abolía una sentencia impuesta
de tres años a José Manuel Collera Vento, Ud. lo sabe perfectamente que el
sábado día 27 de marzo del 2008 en el Templo Gótico reunido con 16
Representantes se elaboró las acciones para actuar en la sesión anual y
proceder a la expulsión de la sesión al Representante de Hijos de Colombo y al
Venerable que somos nosotros y que se nos expulsó violándose también la
Ley…Tengo que alegarte más actos de injusticia.
P:
Uff…mis hermanos todo lo que han expresado hasta este momento es cierto; yo
estuve presente en las dos vistas y bueno yo tengo que hacer mi trabajo que es
entrevistarlos; Ahora VVHH. Uds. Seguramente conocen que en la pasada sesión
mediante una “Cuestión de Orden” el acuerdo de la imposición del decreto
211, fue aprobado, que pueden decirme sobre esto.
R:
(Alcides) a mi muchos hermanos me lo han dicho y me dicen que ahora si estamos
ya otra vez actualizados, pero veremos qué pasa.
(Pina) Yo también me entere de todo y sabes
mi hermano que todas las cosas hay que hacerlas de acuerdo con la Ley y la Ley
es la Ley;
P:
Perdón es un trabalenguas…
R:
No, no creas que es un trabalenguas, NO es que cuando se trata de cuestiones de
la ley, hay que hacerlas de acuerdo con la ley…Quiero aclararte una cosa antes
de definirte; Los sancionados y los expulsados por esta causa relacionada con
el decreto 211, Son verdaderos masones, siguen siendo masones y siguen haciendo
masonería porque masonería no es solo el hecho de visitar una Logia, las
visitas son solo actos sociales inter-logias y creo interpretar el sentir de
todos cuando te digo, a pesar de todos los actos de agresión que han recibido,
no les guardan rencor a nadie y solo ruegan al S∴G∴A∴D∴U∴- Porque algún día en
el seno de la Gran Logia de Cuba de A.L. y A. M. de Calos III 508, reine la
Ley, la Justicia y la Paz, que son las bases de la Igualdad y el Respeto al
Derecho Ajeno, Ahora te respondo lo que crees de traba lenguas, mi hermano
universalmente quienes se rigen por la democracia relacionada con aquellas
leyes elaboradas y dictada por el Barón de Montesquieu, se reconoce que cuando
existe la ley ella impera sobre todo y cuando la ley dicta no cabe distinguir,
todas las leyes vigentes para reformarlas “tiene que forzosamente existir un
decreto que dicte la nueva reforma, mediante un parlamento legal que la propia
ley tiene señalado para sus reformas” pues bien el cuerpo legislativo de la
masonería en Cuba son los Representantes
de las 316 o 19 Logias de Cuba, o sea de la Jurisdicción de la Gran Logia y ese
es el “Parlamento Jurídico” de la misma, (mi hermano hasta aquí lo comprendes);
El decreto 211 impuesto “Pero fue promulgado por medio de la Circular de
acuerdos” y por tanto a partir de la promulgación firmada por el Gran Maestro,
a semejanzas de cualquier Presidente de cualquier país, al sancionar con su
firma la promulgación; el decreto 211
fue parte de la LEY; (¡Se Comprende esto
!) Ahora bien; Universalmente cuando se reforma o se crea una nueva ley,
(hay que promulgarla y eso no es más que dar a conocer formalmente y de acuerdo
a la ley, la reforma, anulación o sustitución de una ley por otra, la Promulgación
es obligatoria para el conocimiento legal de cuanto dice la nueva ley) .-En un
gobierno que se respete (que cumple con la Ley) –no aplicará ningún precepto de
Ley, que no haya sido promulgado y en este caso sobre la ley masónica, Hermano
mío lo acordado por el Parlamento (Sesión semestral 2013) aparentemente con
muchísimo desconocimiento de lo que es la Ley- ( “ No ha Sido promulgado el
acuerdo de anulación, del acuerdo adoptado de la semestral del 2007- que
además, siendo ese acuerdo conexivo con el decreto 211, forzosamente había que
promulgar la anulación del acuerdo así como el de la anulación ancestral del
decreto 211, por ser conexivo ambos
acuerdos; y en cuanto a algunos puntos
de los efectos contentivos en el decreto que no pueden retrotraerse; la Promulgación tiene que declarar, las que
son imposible retrotraer; Pero para poder anular o suspender un acuerdo que ya
es Ley, tiene que ser de acuerdo con la Ley, porque para reformar Ley, hay que
hacerlo de acuerdo con la Ley y esta tiene sentado que las leyes
obligatoriamente hay que promulgarlas desde las épocas de la Republica Romana,
Hermano mío Ud. lo sabe que con un artículo suyo salido a la luz, el actual
Gran Maestro lo que realizó una información en una circular no una circular
dando cuenta del acuerdo, sino en una informativa y eso no es promulgación de
ley, por lo tanto mi querido hermano Abimelec, como te dije en párrafos anteriores,
quiero pensar que el no promulgar este
acuerdo de la semestral y la anulación del decreto 211, ha sido por desconocimiento de cómo actuar de acuerdo con la Constitución,
que es la ley Suprema de la Masonería en Cuba, en el artículo 48 aparte XIX-
define bien claro “(Promulgar TODOS los acuerdos)” y las cuestiones de Orden
cuando se dan con lugar “( solo han puesto en su lugar la LEY) “ y por tanto al
estar de acuerdo el parlamento con una Cuestión de Orden planteada, es un acuerdo del parlamento que es ley…
P:
Mis hermanos considero muy importante las preguntas que me quedan en la agenda,
pero como
tenemos establecido no
utilizar más de dos hojas en cada artículo, quisiera pedirles la oportunidad de
continuar en el día de mañana, si es que el VH. Braulio y familia también
accedieran a permitirlo.
Periodista/ Aclaro que
todos estuvieron de acuerdo y damos por terminado la (Primera parte de esta
importante entrevista) Abimelec.Casard.
Habana 19 de enero del 2014.
Pd. tengo el honor y el placer de conocer a estos dos incansables trabajadores masonicos y excelentes personas.
Pd. tengo el honor y el placer de conocer a estos dos incansables trabajadores masonicos y excelentes personas.
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